BASTA YA DE TANTA CORRUPCION ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMIREZ MAL HERMANO MASON, MAFIOSO Y COBARDE

BASTA YA DE TANTA CORRUPCION  ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMIREZ MAL HERMANO MASON, MAFIOSO Y COBARDE
MASON HUMBERTO RODRIGUEZ CERNA SOLICITA LA CAPTURA DE LA JUEZ DELINCUENTE ELIZA SOLEDAD DELGADO SUAREZ

martes, 19 de junio de 2012

INTERPONEN DENUNCIA PENAL CONTRA EL FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS DE LA CIUDAD DE TRUJILLO – PERU




Esta publicacion se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de malos funcionarios públicos y malos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementales derechos y principios constitucionales de los ciudadanos peruanos:


NOTA DE PRENSA


INTERPONEN DENUNCIA PENAL CONTRA EL FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS DE LA CIUDAD DE TRUJILLO – PERU



Ante el Sr. Fiscal Superior de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público de la
ciudad de Trujillo, el Químico Farmacéutico HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA, gerente de la empresa Leo SA ha interpuesto una denuncia penal contra





el FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS en su actuación como FISCAL CORPORATIVO DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LA CIUDAD DE TRUJILLO, al haber incurrido en los delitos de Abuso de Autoridad, Prevaricato, Omisión de Actos Funcionales y Omisión de Ejercicio de la Acción Penal. Delitos incurridos en la tramitación de la Denuncia Penal N° 49 -2012 seguido contra Arístides Lozano Ramirez y otro por el delito de Falsedad ideológica en agravio del denunciante Gerente de la empresa Leo SA y en agravio de Estado Peruano

Que el denunciante en su calidad de Gerente de la empresa LEO SA, ha sido notificado de la arbitraria, prevaricadora y agraviante Disposición sin Numero de fecha 01 de Junio del 2012 y notificada al denunciante el 06 de Junio del 2012 en la que el denunciado FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS Dispone en forma apresurada y maliciosamente ARCHIVAR en forma ilegal y fraudulenta la investigación preliminar de la denuncia penal interpuesta contra Arístides Lozano Ramírez y otros por delito de Falsedad Ideológica y otros en agravio de la empresa Leo SA

Que una vez recibido la Notificación y revisado el contenido de la MALICIOSA y arbitraria Disposición, quedamos asombrados del abuso de autoridad y prevaricato que hace gala el fiscal denunciado para archivar en forma dolosa e ilegal nuestra denuncia penal y siendo lo más grave que en la APRESURADA Disposición de archivo por el exagerado apuro del FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS de archivar en forma dolosa nuestra denuncia, el Fiscal denunciado no se ha pronunciado sobre la denuncia penal interpuesta contra NILS ERICSON RUÍZ GÓMEZ en su actuación como Jefe de la Superintendencia de la Administración Tributaria de la ciudad de Trujillo – SATT y contra DANTE SANTILLAN CALDERON en su actuación como Responsable de Asuntos Legales del SATT por los delitos de Abuso de Autoridad, y Omisión de Denuncia en agravio del denunciante Humberto Armando Rodríguez Cerna en su actuación como gerente de la empresa Leo SA, en agravio de la empresa LEO SA y en agravio del Estado, Delitos que se encuentran tipificados en los artículos 376 y 407 del Código Penal Vigente, tal como se había denunciado en nuestra denuncia penal pues el único delito por el cual el Fiscal denunciado se ha pronunciado al resolver la denuncia contra los dos mencionados denunciados en su dolosa Disposición de Archivo, ha sido solamente por el delito de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales o también llamado Delito de Incumplimiento de Deberes Funcionales tipificado en el articulo 377 del Código Penal vigente tal como se puede verificar en el CONSIDERANDO CINCO desde los puntos 1 al 5 y principalmente en el punto c de la Decisión del Fiscal denunciado al indicar: “y c) contra NILS ERICSON RUIZ GOMEZ Y DANTE SANTILLAN CALDERON por el delito de Incumplimiento de deberes funcionarles en agravio de Leo SA, en consecuencia archívese lo actuado….” pero en ningún momento en su maliciosa Decisión se pronuncia por el archivamiento de la denuncia interpuesta por los otros dos delitos denunciados como son por los delitos de Abuso de Autoridad, y Omisión de Denuncia en agravio del denunciante Humberto Armando Rodríguez Cerna, en agravio de la empresa LEO SA y en agravio del Estado, vulnerando el derecho a la motivación de las Disposiciones del Ministerio Publico y por lo cual se le ha interpuesto la denuncia penal respectiva.

Para ilustrarles a nuestros lectores los delitos cometidos por este mal magistrado es como si en una denuncia interpuesta por el delito de violación sexual y homicidio contra una menor de edad, el fiscal parcializado con la parte influyente y apresuradamente sin realizar una completa investigación preliminar resolviera arbitrariamente y prevaricadoramente que no procede denunciar al denunciado por el delito de Violación sexual pero el fiscal por el apuro no se pronuncia en ningún momento por el delito de asesinato y al presentar los familiares de la parte agraviada la queja de derecho correspondiente, el Fiscal superior ordenara que se declare fundada la queja de derecho al no haberse investigado y pronunciado el Sr. Fiscal por el otro delito de asesinato y ordenaraque se amplíe las investigaciones preliminares con otro nuevo fiscal y luego de esas ampliaciones se descubriera que se encuentran acreditados los 2 delitos denunciados, nos preguntamos ¿cómo quedaría el dolo cometido por el fiscal anterior parcializado?, los familiares indignados al descubrir que el fiscal quiso auxiliar dolosamente al violador y asesino van a tener que denunciar al fiscal por haber tratado de encubrir uno de los delitos denunciados al archivar en forma precipitada la denuncia


Siendo lo más grave además que en su maliciosa Disposición, el FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS en ningún momento se pronuncia, ni explica, ni motiva, ni fundamenta cual es la razón del porque se debe de archivar la denuncia en agravio del denunciante Humberto Armando Rodríguez Cerna en su calidad de Gerente de la empresa Leo SA y tampoco en ningún momento de su maliciosa Disposición de archivo se pronuncia ni explica, ni motiva, ni fundamenta la razón del por qué se debe de archivar nuestra denuncia en agravio del Estado, limitándose a lo largo de su maliciosa disposición de archivo hacer hincapié en que se archiva la denuncia solamente en agravio de la empresa Leo SA cuando la denuncia penal es clara prístina, y la cual se ha interpuesto indicando claramente que se denuncia en agravio del recurrente Humberto Armando Rodríguez Cerna en su calidad de Gerente de la empresa Leo SA, en agravio de la empresa Leo y en agravio del Estado, vulnerando de esa manera el derecho a la motivación de las Deposiciones del Ministerio Publico y por lo que se le ha interpuesto la respectiva denuncia penal


Ahora bien, nos preguntamos, la prevaricadora y arbitraria Disposición de archivo del Fiscal denunciado Reynaldo Elías Cajamarca Porras sustentada totalmente en hechos falsos, al inventar FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS que no es delito de Falsedad Ideológica lo que hemos denunciado (con todas la pruebas a favor nuestro y con todas las pruebas en contra de su prevaricadora Disposición) para TRATAR de conseguir que los denunciados puedan eludir la acción penal, ¿constituye o no el delito de PREVARICATO?. Si en el documento presentado como prueba de la FALSEDAD IDEOLOGICA que es una FRADULENTA escritura pública de reducción de Capital y que es un instrumento público en donde se ha insertado declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, con el objeto de emplearlo como si la declaración fuera conforme a la verdad, y en donde se subsume pacíficamente lo que hemos denunciado como delito de Falsedad Ideológica ¿ES O NO ES ESO, la fraudulenta escritura pública de reducción de capital, un instrumento público en donde se ha insertado declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, con el objeto de emplearlo como si la declaración fuera conforme a la verdad CONFORME A LAS REGLAS DEL ARTÍCULO 428 DEL CÓDIGO PENAL?. ¡¡¡¡PREVARICAR ES IR EN CONTRA DEL TEXTO EXPRESO Y CLARO DE LA LEY!!!!!! ¡¡¡¡¡ Y ESO ES PREVARICAR y el FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS HA PREVAROCADO!!!!!, ¡PUES NI APLICANDO LA REGLAS DE UNA INTERPRETACIÓN JURÍDICA RESTRICTIVA PODRÍAMOS CONCLUIR EN LO ATÍPICO DE LA CONDUCTA DENUNCIADA DE FALSEDAD IDEOLOGICA!, (esta clase de Disposiciones delictivas es importante publicarlas en el internet para que los ciudadanos descubran a esta clase de magistrados extremadamente corruptos como el FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS que existen en el Ministerio Publico de Trujillo) Una cosa como ya lo hemos dicho es la independencia de criterio de la que gozan los jueces y fiscales, y otra son los claros actos manifiestamente arbitrarios y prevaricadores de malos magistrados quienes basándose en hechos falsos incurren en dolo como en este caso, para causar un nuevo agravio a una de las partes. Lo grave es que estos malos magistrados se sienten seguros que nada les pasara por estar sus delitos encubiertos por las Oficinas de Control interno del Ministerio Publico pero ahora vamos a publicar sus denuncias y fotografías de los denunciados en el Internet para que todos los ciudadanos conozcan quienes son los fiscales denunciados que han creado un gigantesco espiral de corrupción e impunidad que día a día va creciendo en agravio de miles y miles de ciudadanos peruanos.


Ese falso espíritu de cuerpo es lo que le hace un daño terrible al Ministerio Publico en el Perú, en donde el Superior tapa las irregularidades del Inferior, y es por eso que muchos agraviados judiciales y del Ministerio Publico no encuentran justicia en esas instancias; esperamos que el nuevo Fiscal Superior de la Oficina de Control Interno ahora si sancione al FISCAL PREVARICADOR, ARBITRARIO Y ABUSIVO REYNALDO ELIAS CAJAMARCA PORRAS para evitar que se siga haciendo daño a otros agraviados haciendo daño a la sociedad

Cualquier denuncia nueva contra este y otros corruptos magistrados , contactar con el Frente Anticorrupcion de Agraviados por el Poder Judicial y el Ministerio Publico y tambien pueden contactar con la asociacion Justicia sin corrupcion a los correos electrónicos: justiciasincorrupcion@gmail.com


o justiciasin_corrupcion@yahoo.com


Por eso no nos cansamos de repetir


¡¡¡¡¡¡¡¡Basta de ya de tanto magistrado corrupto, abusivo, prevaricador e hipócrita!!!!!!!!!!


¡¡¡¡¡¡Basta ya de tanta corrupción judicial y del Ministerio Publico !!!!,


¡¡¡¡¡¡Basta de temor, el miedo quedò atras !!!!



Trujillo, 18 de Junio del 2012

……………………………………………………………

Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA

GERENTE DE DISTRIBUIDORA FARMACEUTICA LEO SA

DIRECTOR EJECUTIVO DEL FRENTE ANTICORRUPCION DE AGRAVIADOS POR EL PODER JUDICIAL Y EL MINISTERIO PUBLICO

Y DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ASOCIACION JUSTICIA SIN CORRUPCION


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